Cómo calcular la indemnización por despido

Saber cuánto te corresponde de indemnización es fundamental antes de firmar cualquier papel o aceptar cualquier cantidad que te ofrezca la empresa. El cálculo no es complicado una vez entiendes la fórmula, pero hay varios matices que pueden hacer que el resultado varíe bastante. Aquí te lo explicamos con ejemplos reales.

La fórmula básica

En términos generales, la indemnización se calcula así:

Indemnización = Salario diario × Días de indemnización por año × Años de antigüedad

El resultado nunca puede superar el tope máximo de mensualidades que marca la ley para cada tipo de despido (esto lo vemos más abajo).

Paso 1: calcula tu salario diario correctamente

Este es el punto donde más errores se cometen en los cálculos rápidos. El salario que se utiliza no es solo el sueldo base: incluye también los complementos salariales y la prorrata de las pagas extra, si estas no vienen ya prorrateadas mes a mes en tu nómina.

Fórmula del salario diario:

Salario anual (incluyendo pagas extra) ÷ 365

No se incluyen en este cálculo conceptos que no tienen naturaleza salarial, como las dietas, el plus de transporte, o las aportaciones de la empresa a planes de pensiones o seguros.

Ejemplo

Eva cobra 1.300€ brutos al mes, más 2 pagas extra de 1.000€ cada una.

  • Salario anual = (1.300 × 12) + (1.000 × 2) = 15.600 + 2.000 = 17.600€
  • Salario diario = 17.600 ÷ 365 = 48,22€/día

Paso 2: identifica los días de indemnización según tu tipo de despido

No todos los despidos dan derecho a la misma cantidad. Es fundamental saber cuál te corresponde antes de calcular nada:

Tipo de despidoDías por año trabajadoTope máximo
Despido objetivo (causas económicas, técnicas u organizativas)20 días12 mensualidades
Despido improcedente33 días24 mensualidades
Despido disciplinario procedenteNinguna indemnización
Fin de contrato temporal12 días
Despido nuloNo aplica indemnización tasada; corresponde readmisión y salarios de tramitación

El doble tramo si tienes antigüedad anterior a 2012

Si empezaste a trabajar en la empresa antes del 12 de febrero de 2012 y el despido es improcedente, el cálculo se divide en dos periodos:

  • Por el tiempo trabajado antes de esa fecha: 45 días por año, con un tope de 42 mensualidades.
  • Por el tiempo trabajado después: 33 días por año, con el tope general de 24 mensualidades.

Este llamado «doble baremo» complica bastante el cálculo manual, así que en estos casos concretos conviene contrastar el resultado con un graduado social o abogado laboralista.

Paso 3: multiplica por los años de antigüedad (con decimales)

Aquí otro matiz importante: la antigüedad no se redondea a años completos, se calcula con la fracción exacta de meses trabajados.

Fórmula de antigüedad decimal:

Meses trabajados ÷ 12

Ejemplo completo (despido objetivo)

Siguiendo con Eva, que llevaba 127 meses (10 años y 7 meses) en la empresa cuando fue despedida por causas económicas:

  • Salario diario: 17.600 ÷ 365 = 48,22€
  • Antigüedad decimal: 127 ÷ 12 = 10,58 años
  • Indemnización = 48,22 × 20 × 10,58 ≈ 10.203€

Como esta cantidad está por debajo del tope de 12 mensualidades (17.600€ en este caso, un mes de salario), le corresponde íntegramente.

Ejemplo con despido improcedente

Un trabajador con salario anual de 28.000€ y 3 años y 5 meses de antigüedad (3,42 años):

  • Salario diario = 28.000 ÷ 365 = 76,71€
  • Días indemnizables = 33 × 3,42 ≈ 112,86
  • Indemnización = 76,71 × 112,86 ≈ 8.658€

Cómo comprobar si has llegado al tope máximo

Los topes se calculan en mensualidades de salario, no en días. Por ejemplo, si tu salario mensual es de 2.500€ y el despido es improcedente (tope de 24 mensualidades):

Tope máximo = 2.500 × 24 = 60.000€

Si el resultado de multiplicar salario diario × días × años supera esa cifra, la indemnización se queda en el tope, por muchos años de antigüedad que acumules.

Un cambio legal reciente que conviene conocer

La Ley Orgánica 1/2025 aclaró un supuesto que generaba bastante litigiosidad: si la empresa acumula una deuda salarial de al menos 3 mensualidades en un año, o retrasos superiores a 15 días durante 6 meses, el trabajador puede solicitar la extinción de su propio contrato con derecho a la indemnización propia del despido improcedente (33 días/año). Es una vía poco conocida, pero relevante si tu empresa lleva tiempo retrasándose en los pagos.

Indemnización vs. finiquito: no los confundas

Son conceptos independientes y compatibles: si te despiden, tienes derecho a ambos. El finiquito liquida el salario pendiente, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de pagas extra; la indemnización es la compensación específica por la extinción del contrato, y su importe depende del tipo de despido, como hemos visto.

Tributación: qué parte está exenta de IRPF

La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe que la ley establece como obligatorio para cada tipo de despido (el resultado de aplicar la fórmula que hemos visto). Si la empresa te paga voluntariamente una cantidad superior a la legalmente establecida, ese exceso sí tributa como rendimiento del trabajo.

Antes de firmar: verifica el cálculo por tu cuenta

Un consejo práctico: la empresa te dará una cifra en la carta de despido, pero conviene que hagas tu propio cálculo con tu salario real (incluyendo pagas extra y complementos) y tu antigüedad exacta, antes de dar el visto bueno. Si detectas alguna discrepancia relevante, puedes firmar el finiquito o el recibo «no conforme» y presentar la papeleta de conciliación para reclamar la diferencia, sin perder el derecho a cobrar la parte que sí coincide.


Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Los cálculos pueden variar según convenios colectivos específicos, complementos particulares o circunstancias del contrato. Te recomendamos contrastar el resultado con un graduado social o abogado laboralista antes de aceptar o impugnar cualquier cantidad.

Por Álvaro

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