Ser autónomo implica presentar diferentes modelos ante Hacienda a lo largo del año. No todos los trabajadores por cuenta propia tienen las mismas obligaciones: dependerá de tu actividad, del régimen de IVA e IRPF y de si tienes trabajadores, local alquilado o clientes en otros países.

Estos son los principales modelos de Hacienda que conviene conocer.

Modelo 036: alta y cambios en Hacienda

El modelo 036 es la declaración censal que se utiliza para comunicar a Hacienda el inicio, modificación o cese de una actividad económica.

En él se informa, entre otras cosas, de:

  • La actividad que vas a desarrollar.
  • El epígrafe del IAE.
  • El domicilio fiscal.
  • El régimen de IVA.
  • El régimen de IRPF.

No es un modelo trimestral, sino que se presenta cuando necesitas comunicar determinados cambios a la Agencia Tributaria.

Modelo 130: pagos a cuenta del IRPF

El modelo 130 sirve para realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF y es habitual entre los autónomos que tributan en estimación directa.

No todos los autónomos tienen que presentarlo. Existen determinadas actividades profesionales cuyos ingresos están sometidos a retención y que pueden quedar exentas de presentar estos pagos fraccionados si cumplen los requisitos establecidos.

Modelo 131: autónomos en módulos

El modelo 131 también corresponde a pagos fraccionados del IRPF, pero está destinado a los autónomos que tributan mediante el régimen de estimación objetiva, conocido como módulos.

Solo determinadas actividades pueden acogerse a este sistema, por lo que no es un modelo aplicable a todos los autónomos.

Modelo 303: declaración del IVA

El modelo 303 es uno de los modelos más habituales para los autónomos que realizan actividades sujetas al IVA.

En él se declara el IVA repercutido a los clientes y el IVA soportado en las compras y gastos relacionados con la actividad.

De forma sencilla:

IVA repercutido − IVA soportado = resultado de la declaración

Normalmente se presenta de forma trimestral, aunque existen excepciones y situaciones con diferentes periodicidades.

Modelo 390: resumen anual del IVA

El modelo 390 es una declaración informativa que resume las operaciones relacionadas con el IVA realizadas durante el ejercicio.

No todos los autónomos están obligados a presentarlo, ya que existen determinados supuestos de exoneración.

Por eso, es importante comprobar si tu régimen de IVA te obliga a presentar este resumen anual.

Modelo 111: retenciones

El modelo 111 se utiliza para declarar e ingresar determinadas retenciones e ingresos a cuenta practicados sobre rentas como nóminas de trabajadores o determinadas facturas de profesionales.

Por ejemplo, si tienes trabajadores contratados o pagas determinadas facturas profesionales con retención, puede que tengas que presentar este modelo.

Modelo 115: alquiler de un local

Si tienes un local u oficina alquilada y existe obligación de practicar retención sobre el alquiler, tendrás que presentar el modelo 115.

Mediante este modelo se declaran e ingresan a Hacienda las cantidades retenidas al propietario del inmueble.

No todos los alquileres están sujetos a retención, por lo que hay que comprobar las circunstancias concretas.

Modelo 180: resumen anual de alquileres

El modelo 180 es el resumen anual de determinadas retenciones declaradas mediante el modelo 115.

Por tanto, si estás obligado a presentar el modelo 115, también debes comprobar si tienes que presentar posteriormente el correspondiente modelo 180.

Modelo 347: operaciones con terceros

El modelo 347 es una declaración informativa anual sobre determinadas operaciones realizadas con clientes o proveedores que superen el importe establecido por la normativa.

No sirve directamente para pagar un impuesto, sino para informar a Hacienda de determinadas operaciones económicas.

Es importante que la información coincida con la contabilidad y las facturas registradas durante el año.

Modelo 349: operaciones dentro de la UE

Si realizas determinadas operaciones con empresas o profesionales de otros países de la Unión Europea, puede que tengas que presentar el modelo 349.

Este modelo informa a Hacienda sobre determinadas operaciones intracomunitarias, como determinadas entregas, adquisiciones de bienes o prestaciones de servicios.

La obligación depende del tipo de operación realizada.

¿Todos los autónomos tienen que presentar estos modelos?

No. Cada autónomo debe presentar únicamente los modelos que correspondan a su actividad y situación fiscal.

Por ejemplo, un autónomo que trabaja desde casa, no tiene empleados y solo presta servicios a clientes españoles tendrá unas obligaciones diferentes a las de un autónomo con trabajadores, un local alquilado y clientes de otros países de la Unión Europea.

Antes de empezar a presentar modelos, conviene determinar correctamente las obligaciones fiscales derivadas de tu actividad.

¿Cuándo se presentan?

Muchos modelos de autónomos se presentan trimestralmente, mientras que otros son anuales o solo se presentan cuando se produce una determinada circunstancia.

Los modelos trimestrales suelen corresponder a los periodos de enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre y octubre-diciembre.

Aviso importante: los plazos concretos dependen de cada modelo y pueden variar cuando coinciden con días festivos. Consulta siempre el calendario oficial de la Agencia Tributaria antes de presentar tus declaraciones.

Errores habituales

Entre los errores más frecuentes de los autónomos están:

  • Presentar un modelo que no corresponde.
  • Confundir los modelos 130 y 131.
  • Olvidar una declaración que debe presentarse aunque el resultado sea cero.
  • No conservar correctamente las facturas.
  • Presentar los modelos fuera de plazo.
  • No declarar correctamente las operaciones intracomunitarias.

En resumen

Los principales modelos que puede necesitar un autónomo son el 036, 130, 131, 303, 390, 111, 115, 180, 347 y 349.

Sin embargo, no todos son obligatorios para todos los trabajadores por cuenta propia. Las obligaciones dependen de la actividad, el régimen fiscal y las operaciones realizadas.

Si no tienes claro qué modelos debes presentar, lo más recomendable es consultar con una gestoría o asesor fiscal para evitar errores y posibles recargos o sanciones.


Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal, contable ni fiscal. Los modelos tributarios, sus requisitos, plazos y obligaciones pueden cambiar según la normativa vigente. Te recomendamos consultar la información actualizada de la Agencia Tributaria o acudir a un asesor fiscal antes de presentar tus declaraciones.

Por Álvaro

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