El Ingreso Mínimo Vital está pensado para proteger a las personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Muchas personas que podrían tener derecho a esta prestación no la solicitan por desconocimiento o porque el trámite parece complicado. Aquí te explicamos qué es, quién puede solicitarlo y cómo hacerlo paso a paso.
Qué es el Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica de la Seguridad Social gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Su objetivo es garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
La cantidad que recibe cada persona no es igual. Se calcula teniendo en cuenta los ingresos y la composición de la unidad de convivencia, de forma que el IMV puede cubrir la diferencia hasta alcanzar la renta garantizada que corresponda.
Quién puede solicitarlo
El IMV puede solicitarlo una persona individual o una unidad de convivencia, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Entre los requisitos generales se encuentran:
- Tener la edad mínima exigida, aunque existen excepciones según las circunstancias personales y familiares.
- Residir legal y efectivamente en España durante el periodo mínimo establecido. Con carácter general, se exige un año de residencia continuada, aunque existen excepciones.
- Encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica, teniendo en cuenta los ingresos y el patrimonio.
- Cumplir los requisitos específicos que correspondan según la situación familiar y personal.
La Seguridad Social tiene en cuenta tanto los ingresos como el patrimonio para determinar si existe derecho a la prestación.
Qué se considera «unidad de convivencia»
La unidad de convivencia está formada por las personas que viven en el mismo domicilio y mantienen determinados vínculos familiares o de pareja reconocidos legalmente.
Pueden formar parte de una unidad de convivencia, por ejemplo, los cónyuges, parejas de hecho y determinados familiares.
Por tanto, compartir vivienda con otras personas no significa automáticamente formar una unidad de convivencia. Una persona que comparte piso con compañeros sin vínculo familiar no forma por ese solo hecho una unidad de convivencia a efectos del IMV.

Documentación necesaria
La documentación depende de las circunstancias de cada solicitante, pero normalmente puede ser necesario aportar:
- DNI o NIE del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia.
- Pasaporte o documentación equivalente, cuando corresponda.
- Certificado de empadronamiento que permita acreditar el domicilio y la composición de la unidad de convivencia.
- Libro de familia, certificados del Registro Civil o documentación que acredite la relación familiar o de pareja.
- Documentación relacionada con los ingresos y patrimonio, cuando sea necesaria.
- Número de cuenta bancaria del solicitante.
- Documentación adicional en casos especiales, como separación, divorcio, discapacidad o determinadas situaciones familiares.
No todas las personas tienen que presentar exactamente los mismos documentos.
Cómo solicitarlo, paso a paso
1. Comprueba si cumples los requisitos
Antes de presentar la solicitud puedes utilizar el simulador oficial del Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social.
El simulador permite obtener una orientación sobre si podrías tener derecho a la prestación. Sin embargo, su resultado no garantiza que la solicitud vaya a ser aprobada, ya que la decisión final corresponde al INSS.
2. Reúne la documentación
Prepara los documentos necesarios antes de iniciar el trámite. Comprueba especialmente los datos de identidad, el empadronamiento y la composición de la unidad de convivencia.
Si existe alguna circunstancia especial, como una separación o convivencia con personas que no forman parte de la unidad familiar, puede ser necesario aportar documentación adicional.
3. Presenta la solicitud
Puedes solicitar el IMV online a través de la Seguridad Social, utilizando el formulario correspondiente.
También puedes presentar la solicitud en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa o enviarla por correo ordinario a la Dirección Provincial correspondiente.
Si tienes dificultades para realizar el trámite, también puedes solicitar orientación a los servicios sociales de tu municipio.
4. Espera la resolución
Una vez presentada la solicitud, el INSS revisará la documentación y la información aportada.
Si necesita algún documento adicional, puede requerirte que lo presentes. Por ello, es importante estar pendiente de las comunicaciones de la Administración.
Finalmente, la Seguridad Social resolverá si concede o deniega la prestación y determinará la cuantía correspondiente.
Cuánto se cobra en 2026
La cantidad del IMV depende de los ingresos y de la composición de la unidad de convivencia.
En 2026, la renta garantizada para una persona beneficiaria individual es de 733,60 euros al mes. En el caso de las unidades de convivencia, la cantidad aumenta según el número de adultos y menores que formen parte de ella.
Por ejemplo, la renta garantizada es de 953,68 euros mensuales para una unidad formada por un adulto y un menor o por dos adultos. Para una unidad formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos, asciende a 1.173,76 euros mensuales.
Estas cantidades son referencias de renta garantizada. El importe que finalmente se cobra depende de los ingresos computables de cada caso.

Compatibilidad con otras prestaciones
El IMV puede ser compatible con determinados ingresos procedentes del trabajo y con otras prestaciones o ayudas, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
Trabajar no significa automáticamente perder el derecho al IMV. La prestación tiene en cuenta los ingresos de la persona beneficiaria o de la unidad de convivencia y puede modificarse cuando cambia la situación económica.
En determinados casos, el IMV también puede incluir el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) para hogares con menores.
¿Qué pasa si te lo deniegan?
Si el INSS deniega tu solicitud y consideras que la decisión es incorrecta, puedes presentar una reclamación previa frente a la resolución dentro del plazo establecido.
En ella puedes explicar los motivos por los que consideras que tienes derecho a la prestación y aportar documentación que respalde tu situación.
Si la reclamación también es desestimada, puedes acudir a la vía judicial ante los Juzgados de lo Social.
Obligaciones una vez concedido
Si te conceden el IMV, debes cumplir determinadas obligaciones para mantener la prestación:
- Comunicar los cambios que puedan afectar al derecho o a la cuantía.
- Informar de cambios en la composición de la unidad de convivencia.
- Comunicar las variaciones relevantes en los ingresos o patrimonio cuando corresponda.
- Cumplir las obligaciones relacionadas con el empleo o las estrategias de inclusión cuando sean exigibles.
- Aportar la información o documentación que solicite la Administración.
No comunicar cambios importantes puede provocar la suspensión o extinción de la prestación y, en determinados casos, la devolución de cantidades cobradas indebidamente.
Un consejo práctico
Antes de presentar la solicitud, revisa cuidadosamente la situación de todas las personas que forman parte de tu unidad de convivencia. Un error en el empadronamiento o en la documentación puede complicar la tramitación.
Si tienes dudas, utiliza primero el simulador oficial del IMV y, si necesitas ayuda, puedes acudir a los servicios sociales de tu municipio o a un CAISS.
Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal ni administrativo. Los requisitos, límites económicos y cuantías del Ingreso Mínimo Vital pueden actualizarse. Antes de presentar una solicitud, recomendamos comprobar las condiciones vigentes en los canales oficiales de la Seguridad Social.
