Diferencias entre separación y divorcio

Separación y divorcio se usan a veces como sinónimos en el lenguaje cotidiano, pero legalmente son figuras distintas, con efectos jurídicos diferentes. Entender bien la diferencia te ayuda a elegir la vía que mejor se ajusta a tu situación antes de iniciar cualquier trámite.

La diferencia esencial

  • La separación suspende la vida en común de los cónyuges, pero el vínculo matrimonial sigue existiendo. Los separados no pueden volver a casarse con otra persona.
  • El divorcio disuelve por completo el matrimonio. Una vez firme la sentencia o el decreto de divorcio, ambos cónyuges recuperan su plena libertad de estado civil y sí pueden volver a contraer matrimonio.

Efectos comunes entre ambas figuras

Tanto la separación como el divorcio:

  • Ponen fin a la convivencia y a la vida en común.
  • Extinguen el régimen económico matrimonial (por ejemplo, la sociedad de gananciales, si era el régimen aplicable).
  • Requieren regular, mediante convenio regulador o resolución judicial, cuestiones como la custodia de los hijos, la pensión de alimentos, el uso de la vivienda familiar y, en su caso, la pensión compensatoria.

Por qué alguien elegiría separarse en lugar de divorciarse

Puede parecer que la separación es un paso intermedio innecesario si al final se busca terminar la relación, pero existen motivos reales por los que algunas parejas la eligen:

  • Motivos religiosos o de creencias personales: algunas confesiones no reconocen el divorcio, y la separación permite regular la vida separada sin disolver formalmente el matrimonio ante esa creencia.
  • Motivos económicos o fiscales: en determinadas circunstancias, mantener el vínculo matrimonial (aunque separados) puede tener implicaciones en según qué prestaciones, herencias o beneficios fiscales, dependiendo de la situación concreta de cada pareja. Este es un punto que conviene valorar con un asesor fiscal o abogado, ya que depende mucho del caso particular.
  • Como paso previo antes del divorcio: algunas parejas prefieren separarse primero para probar la vida separada antes de dar el paso definitivo del divorcio.
  • Posibilidad de reconciliación con menos trámites: si la pareja se reconcilia tras una separación, pueden dejarla sin efecto de una forma más sencilla que si ya se hubiera producido un divorcio.

¿Se puede pasar de separación a divorcio?

Sí, y es bastante habitual. Cualquiera de los cónyuges separados (o ambos de mutuo acuerdo) puede solicitar posteriormente el divorcio, sin necesidad de que haya transcurrido un plazo mínimo desde la separación, ya que la reforma de la Ley del Divorcio de 2005 eliminó la exigencia de separación previa como requisito para divorciarse. Es decir, hoy en día no es necesario separarse primero para poder divorciarse: se puede solicitar el divorcio directamente, sin pasar por la separación.

Vías para tramitar ambas figuras

Al igual que vimos en el divorcio de mutuo acuerdo, tanto la separación como el divorcio pueden tramitarse:

  • De mutuo acuerdo: ante notario (si no hay hijos menores) o ante el Juzgado de Familia (si los hay), con un convenio regulador firmado por ambas partes.
  • De forma contenciosa: cuando no hay acuerdo entre los cónyuges, y es un juez quien debe resolver las condiciones tras un procedimiento judicial más largo.

¿Es necesario justificar una causa para separarse o divorciarse?

No. Desde la reforma legal de 2005, tanto para la separación como para el divorcio no es necesario alegar ninguna causa (como antes ocurría con figuras como el «divorcio por causa»). Basta con que uno de los cónyuges lo solicite, cumpliendo el requisito general de que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio (salvo excepciones, como riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge solicitante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio, en cuyo caso no se exige ese plazo).

Reparto de bienes: ¿cambia según la vía elegida?

El reparto o liquidación del régimen económico matrimonial (por ejemplo, la sociedad de gananciales) puede resolverse en el mismo procedimiento de separación o divorcio, o dejarse para un procedimiento posterior independiente, si las partes así lo prefieren. Esta decisión no depende de si se trata de separación o divorcio, sino de lo que acuerden o necesiten las partes en cada caso concreto.

Un apunte sobre la pensión compensatoria

Tanto en la separación como en el divorcio puede fijarse una pensión compensatoria a favor del cónyuge que quede en una situación económica más desfavorable tras la ruptura, en comparación con la posición que tenía durante el matrimonio. Los criterios para determinar su importe y duración son los mismos en ambos casos, y se recoge, igual que el resto de condiciones, en el convenio regulador o en la sentencia correspondiente.

Resumen de las diferencias clave

SeparaciónDivorcio
Vínculo matrimonialSe mantieneSe disuelve
Posibilidad de volver a casarseNo
Requiere separación previaNo aplicaNo, desde 2005
Convenio regulador
Reversible mediante reconciliaciónSí, de forma más sencillaNo (habría que volver a casarse)

¿Cuál elegir?

En la práctica, la gran mayoría de parejas que deciden poner fin a su relación optan directamente por el divorcio, ya que resuelve la situación de forma definitiva sin necesidad de un trámite intermedio. La separación tiene sentido sobre todo en los casos concretos que comentamos antes (motivos religiosos, personales, o para tener un periodo de reflexión antes de la decisión definitiva).


Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Las implicaciones fiscales o de determinadas prestaciones mencionadas dependen de circunstancias particulares y no han podido contrastarse con fuentes actualizadas en el momento de su redacción. Te recomendamos consultar con un abogado de familia antes de decidir qué vía se ajusta mejor a tu situación.

Por Álvaro

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