Darte de alta como autónomo es más sencillo de lo que parece. En realidad, son solo dos trámites principales, y hoy puedes hacer ambos de forma telemática. Aquí te explicamos todo el proceso, paso a paso.

Los dos trámites que necesitas completar

Para darte de alta como autónomo, necesitas dos gestiones distintas:

  • Alta en Hacienda: mediante el modelo 036 o 037, comunicas el inicio de tu actividad económica.
  • Alta en la Seguridad Social (RETA): te registras en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Debes tramitar ambos antes de empezar a facturar. El orden recomendado es primero Hacienda y después Seguridad Social, aunque en la práctica muchos autónomos los completan el mismo día.

Paso 1: alta en Hacienda (modelo 036 o 037)

Qué necesitas antes de empezar

  • Tu certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, para hacer el trámite online.
  • Tener claro tu epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas), que identifica el tipo de actividad que vas a desarrollar.

Cómo se hace

  1. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  2. Accede al trámite de Declaración censal (modelo 036 o 037).
  3. Indica que es un alta, no una modificación.
  4. Selecciona tu epígrafe de actividad económica.
  5. Marca las opciones fiscales que te correspondan: régimen de IVA, tipo de estimación en IRPF (directa u objetiva), y si aplicas o no retenciones.
  6. Firma y envía la solicitud.

Este trámite es gratuito y la confirmación suele llegar de forma prácticamente inmediata.

Paso 2: alta en la Seguridad Social (RETA)

Puedes hacerlo de dos formas:

Opción A: online, a través de Importass

  1. Entra en el portal Importass de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  2. Accede con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
  3. Selecciona el trámite de alta como autónomo.
  4. Indica tu actividad, tu base de cotización elegida y la fecha de inicio.
  5. Confirma y envía la solicitud.

Opción B: presencial

Pide cita previa en tu oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana, y acude con tu DNI y el justificante del alta en Hacienda ya tramitado.

Un dato importante: el orden de los plazos

Debes darte de alta en Hacienda antes o el mismo día en que empieces tu actividad. El alta en la Seguridad Social, en cambio, tiene cierto margen: puedes tramitarla hasta 60 días antes de la fecha de inicio de tu actividad, o dentro de los 30 días naturales posteriores a esa fecha. Aun así, lo más recomendable es tramitar ambas altas el mismo día, para evitar confusiones y posibles requerimientos posteriores.

Elegir tu base de cotización

Desde la reforma que estableció el sistema de cotización por ingresos reales, ya no eliges libremente cualquier base de cotización sin relación con tus ingresos previstos. Debes estimar tus rendimientos netos anuales y elegir la base de cotización correspondiente a ese tramo, dentro de una tabla con varios niveles. Al final de cada año, se regulariza tu cotización según tus ingresos reales: si cotizaste de más, te devuelven la diferencia; si cotizaste de menos, tendrás que abonar la diferencia correspondiente.

Aviso importante: los tramos exactos de esta tabla y sus importes cambian cada año. No he podido verificar los valores actualizados a 2026 con fuentes recientes al redactar este artículo. Te recomendamos consultar la tabla vigente directamente en la sede electrónica de la Seguridad Social antes de elegir tu base de cotización.

La tarifa plana: un beneficio para nuevos autónomos

Si es la primera vez que te das de alta como autónomo (o no has estado de alta en los últimos años, según el plazo exigido), puedes acceder a una cuota reducida durante los primeros meses de actividad, conocida popularmente como «tarifa plana». Desarrollamos este beneficio con más detalle en nuestro artículo específico sobre la tarifa plana de autónomos.

Otros trámites que conviene revisar según tu actividad

Dependiendo de a qué te dediques, puede que necesites gestiones adicionales:

  • Licencia de actividad municipal, si vas a abrir un local físico.
  • Colegiación profesional, si tu actividad lo exige (abogacía, arquitectura, medicina, entre otras).
  • Alta en el registro específico de tu sector, en actividades reguladas (por ejemplo, agencias de viajes o determinados servicios financieros).

Obligaciones que empiezan justo después del alta

Una vez completada el alta, como autónomo asumes una serie de obligaciones recurrentes:

  • Pago mensual de la cuota a la Seguridad Social.
  • Presentación de modelos trimestrales de IVA e IRPF ante Hacienda.
  • Facturación correcta, cumpliendo los requisitos formales exigidos para las facturas.
  • Libros de registro de ingresos y gastos, según tu régimen de tributación.

Desarrollamos los modelos fiscales más importantes que debes conocer en nuestro artículo específico sobre el tema.

¿Puedes darte de alta y de baja varias veces?

Sí. No existe un límite legal al número de veces que puedes darte de alta y baja como autónomo a lo largo de tu vida laboral. Eso sí, ten en cuenta que algunos beneficios, como la tarifa plana, sí tienen requisitos relacionados con el tiempo transcurrido desde tu última alta, así que darte de baja y volver a darte de alta poco después puede no ser la mejor estrategia si buscas aprovechar ese beneficio.

Errores habituales al darte de alta

Algunos fallos frecuentes que conviene evitar desde el principio:

  • Elegir un epígrafe del IAE incorrecto, que no refleje bien tu actividad real.
  • Olvidar tramitar el alta en Hacienda antes de empezar a facturar.
  • No informarte bien sobre el sistema de cotización por ingresos reales, eligiendo una base muy alejada de tus ingresos previstos.
  • No verificar si tu actividad requiere trámites adicionales específicos del sector.

Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Las tablas de cotización y determinados requisitos cambian cada año, y no hemos podido contrastar este contenido con fuentes actualizadas en el momento de su redacción. Te recomendamos consultar con una gestoría o asesor fiscal antes de darte de alta.

Por Álvaro

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